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Reciente eliminación de la «exención» bonaerense a los bonos, otro impuesto inconstitucional, y van ….

La Legislatura bonaerense incluyó la gravabilidad de títulos de deuda emitidos por el Estado Nacional en su reforma tributaria de 2026, abriendo un conflicto de constitucionalidad.
La reciente sanción de la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires, aplicable a partir del ejercicio fiscal 2026, ha introducido una alteración significativa en el panorama tributario local. Esta reforma incorpora la gravabilidad de los títulos valores emitidos directamente por el Estado Nacional.
La medida afecta a la tenencia y negociación de estos instrumentos financieros dentro de la jurisdicción bonaerense, desafiando el principio histórico de no injerencia fiscal recíproca entre niveles de gobierno. La inclusión fue establecida sin mediación de un acuerdo interjurisdiccional.
Expertos constitucionalistas y operadores del mercado financiero han señalado que esta disposición choca directamente con el espíritu de la Constitución Nacional. Argumentan que el intento de una provincia de gravar la deuda federal vulnera la supremacía del gobierno central y su capacidad de financiamiento.
La aplicación de esta normativa, si se mantiene, podría generar distorsiones en el mercado de bonos soberanos y elevar el costo de financiamiento para el Tesoro. Además, establece un precedente riesgoso para la armonía fiscal entre las provincias y el ámbito federal.
Se espera que el Gobierno Nacional, a través de la Procuración del Tesoro, presente acciones legales para impugnar la constitucionalidad de la cláusula antes de su entrada en vigencia. El conflicto fiscal interjurisdiccional se dirimirá en la Corte Suprema de Justicia.
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