Conecte con nosotros

Nacionales

Adriel Cabello: «El desafuero a Beltrán es una aberración jurídica»

Causa Molino Fénix: Adriel Cabello calificó de "aberración jurídica" el pedido de desafuero contra el diputado Joaquín Beltrán En el marco de la causa que investiga presuntas irregularidades en la administración del complejo cultural Molino Fénix y la Casa de la Música, el abogado Adriel Cabello analizó en En Son de Paz las medidas impulsadas por el Ministerio Público Fiscal y advirtió sobre la transgresión de las garantías constitucionales básicas. El letrado cuestionó con dureza el pedido de desafuero remitido a la Cámara de Diputados contra el legislador Joaquín Beltrán antes de concluir la etapa preparatoria: "Solicitar el desafuero en plena instrucción preliminar constituye una aberración jurídica y una gravedad institucional manifiesta. El artículo 88 del Código Procesal Penal de San Luis establece taxativamente que dicha medida solo puede requerirse en la etapa de control de la acusación. Hoy la investigación es preparatoria y provisoria; rige plenamente el principio de presunción de inocencia", explicó Cabello en diálogo con Francisco Paz. Asimismo, remarcó que las facultades de los fiscales no son ilimitadas frente a las normas de rito: "No se puede forzar el marco legal ni actuar como si estuviéramos ante un adelanto de pena. La persecución penal tiene límites infranqueables que son la Constitución Nacional, la Carta Magna provincial y las leyes procesales", concluyó. sdn.digital / serviciodenoticias.net

Avatar

Publicado

en


Causa Molino Fénix: Adriel Cabello calificó de "aberración jurídica" el pedido de desafuero contra el diputado Joaquín Beltrán En el marco de la causa que investiga presuntas irregularidades en la administración del complejo cultural Molino Fénix y la Casa de la Música, el abogado Adriel Cabello analizó en En Son de Paz las medidas impulsadas por el Ministerio Público Fiscal y advirtió sobre la transgresión de las garantías constitucionales básicas. El letrado cuestionó con dureza el pedido de desafuero remitido a la Cámara de Diputados contra el legislador Joaquín Beltrán antes de concluir la etapa preparatoria: "Solicitar el desafuero en plena instrucción preliminar constituye una aberración jurídica y una gravedad institucional manifiesta. El artículo 88 del Código Procesal Penal de San Luis establece taxativamente que dicha medida solo puede requerirse en la etapa de control de la acusación. Hoy la investigación es preparatoria y provisoria; rige plenamente el principio de presunción de inocencia", explicó Cabello en diálogo con Francisco Paz. Asimismo, remarcó que las facultades de los fiscales no son ilimitadas frente a las normas de rito: "No se puede forzar el marco legal ni actuar como si estuviéramos ante un adelanto de pena. La persecución penal tiene límites infranqueables que son la Constitución Nacional, la Carta Magna provincial y las leyes procesales", concluyó. sdn.digital / serviciodenoticias.net

Acerca del autor

PUBLICIDAD

SDN FEDERAL EN VIVO

Cadena SDN Federal
Artwork
SUENA AHORA
Cargando...

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Copyright © 2026 SDN Medios

Art
Cargando metadatos de radio...