Economía
El Gobierno promulgó cambios en la Zona Fría y restringió el acceso a los subsidios de gas
La nueva ley elimina la bonificación automática para hogares de las zonas incorporadas al régimen en 2021 y establece requisitos socioeconómicos para mantener el beneficio. La norma también contempla cambios en el mercado eléctrico, incentivos a las energías renovables y el régimen de hidrocarburos.

La nueva ley elimina la bonificación automática para hogares de las zonas incorporadas al régimen en 2021 y establece requisitos socioeconómicos para mantener el beneficio. La norma también contempla cambios en el mercado eléctrico, incentivos a las energías renovables y el régimen de hidrocarburos.
El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.828, que modifica el Régimen de Zona Fría y establece nuevas condiciones para acceder a los subsidios en las tarifas de gas. La medida fue formalizada mediante el Decreto 1161/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, e incluye modificaciones en el sistema eléctrico y la extensión de incentivos para proyectos de energías renovables.
Uno de los principales cambios alcanza a los hogares de las zonas incorporadas al régimen en 2021, que dejarán de recibir la bonificación de manera automática por su ubicación geográfica. A partir de la reforma, deberán cumplir con determinados requisitos para acceder al beneficio, en el marco del nuevo Régimen de Subsidios Focalizados.
En cambio, se mantienen las compensaciones tarifarias para las proveedoras de gas natural y Gas Licuado de Petróleo (GLP) en la Patagonia, Malargüe y la Puna. El esquema también contempla la venta de garrafas, cilindros y GLP a granel en esas regiones.
Quiénes podrán acceder al subsidio
Para los hogares de las restantes subzonas bioambientales contempladas por la normativa, la bonificación sobre el gas por redes se aplicará exclusivamente a los consumos base de los usuarios residenciales que cumplan con los criterios establecidos.
Los requisitos previstos para acceder al beneficio son:
- Tener ingresos netos familiares iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales correspondientes a un Hogar 2, según el INDEC.
- Contar con al menos un integrante del hogar que posea Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
- Tener entre sus integrantes a una persona titular de la Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra de Malvinas.
- Contar con una persona con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a una evaluación de la Secretaría de Energía sobre la necesidad de asistencia económica.
De esta manera, la nueva legislación modifica el alcance del beneficio para los usuarios de las zonas incorporadas en 2021 y vincula el acceso a la bonificación con condiciones económicas y sociales.
Cómo se financiará el régimen
La ley establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se financiará mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte.
El recargo será percibido por los productores e ingresado a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Quedarán exentas las exportaciones de gas natural o gas natural licuado (GNL), así como el GNL importado y regasificado.
La vigencia del régimen fue establecida hasta el 31 de diciembre de 2031.
Cambios en el mercado eléctrico y las energías renovables
La reforma también incorpora medidas para regularizar las deudas acumuladas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
La Subsecretaría de Energía Eléctrica determinará los saldos a favor de las distribuidoras y transportistas originados en anteriores congelamientos tarifarios o emergencias. Esos créditos podrán utilizarse exclusivamente para cancelar obligaciones pendientes de las distribuidoras con CAMMESA.
Como condición, las empresas deberán desistir de los reclamos judiciales y administrativos vinculados con esas obligaciones. Además, las sumas resultantes de las compensaciones quedarán exentas del impuesto a las ganancias.
En materia de energías renovables, la ley prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 el régimen de incentivos previsto en la Ley 27.191. También habilita, de manera excepcional, la cesión de contratos de abastecimiento a terceros para facilitar la finalización de proyectos.
Modificaciones en el gas y los hidrocarburos
La normativa modifica, además, el artículo 38 de la Ley 24.076 para establecer el traslado automático a las tarifas finales del costo de adquisición del gas obtenido mediante procesos competitivos.
Por último, deroga los decretos 277/2012 y 929/2013, junto con los artículos 19 al 22 de la Ley 27.007, relacionados con el régimen de hidrocarburos. La reforma contempla el resguardo de los derechos adquiridos por los proyectos de inversión que ya fueron aprobados.





