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La Provincia promulgó dos leyes para ampliar la protección y las prestaciones para personas con discapacidad

Las Leyes 15.622 y 15.624, sancionadas por la Legislatura el 27 de agosto, adhieren a los regímenes nacionales de empleo protegido y de prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación. Ambas establecen nuevas herramientas para su implementación en territorio bonaerense.

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17 de septiembre 2026 – 09:17

Las Leyes 15.622 y 15.624, sancionadas por la Legislatura el 27 de agosto, adhieren a los regímenes nacionales de empleo protegido y de prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación. Ambas establecen nuevas herramientas para su implementación en territorio bonaerense.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó dos leyes vinculadas con los derechos de las personas con discapacidad, que habían sido sancionadas por la Legislatura bonaerense el 27 de agosto. Se trata de las Leyes 15.622 y 15.624, que establecen la adhesión de la Provincia a dos regímenes nacionales relacionados con el empleo protegido y con las prestaciones de atención, habilitación y rehabilitación integral.

La Ley 15.622 dispone la adhesión bonaerense a la Ley Nacional 26.816, que creó el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad. La norma establece que el Poder Ejecutivo provincial deberá designar a la autoridad de aplicación, que tendrá a su cargo implementar las acciones necesarias para alcanzar en el territorio bonaerense los principios contemplados en el régimen nacional.

El proyecto había sido impulsado por la senadora radical Nerina Neumann y, durante el tratamiento legislativo, se destacó el fortalecimiento de los Talleres Protegidos y de las herramientas destinadas a favorecer la inclusión laboral de personas con discapacidad.

El régimen nacional contempla distintas modalidades de empleo protegido, entre ellas los Talleres Protegidos Especiales para el Empleo, los Talleres Protegidos de Producción y los Grupos Laborales Protegidos. La adhesión provincial busca incorporar ese marco al ámbito bonaerense.

En paralelo, la Ley 15.624 establece la adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 24.901, que regula el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad. El objetivo establecido por la norma bonaerense es ejecutar acciones de prevención, asistencia, promoción y protección de los derechos reconocidos por ese régimen y brindar cobertura integral.

La ley autoriza además al Poder Ejecutivo bonaerense a crear un Comité Provincial de Seguimiento del sistema. Entre sus objetivos estará promover la armonización de las normas y programas nacionales, provinciales y municipales vinculados con estas prestaciones.

El comité también deberá asegurar, de acuerdo con la ley, el cumplimiento de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación para las personas con discapacidad que no cuenten con cobertura de obra social, mediante efectores públicos de salud a cargo del Estado provincial.

Para poner en funcionamiento el esquema, el Poder Ejecutivo deberá determinar la autoridad de aplicación y queda autorizado a celebrar los convenios necesarios para alcanzar los objetivos de la adhesión. La norma también habilita la adecuación de las partidas presupuestarias necesarias para su cumplimiento.

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El proyecto que dio origen a la Ley 15.624 había sido impulsado por el senador provincial Emmanuel Santalla, quien tras su sanción destacó que la adhesión busca fortalecer el acceso de las personas con discapacidad a las prestaciones de atención, habilitación y rehabilitación en la provincia.

Con la promulgación de ambas normas, la Provincia formalizó su adhesión a dos leyes nacionales vinculadas con derechos de las personas con discapacidad, una orientada al ámbito laboral y otra al acceso a prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación.

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