Las abogadas Fernanda Pereyra Hamenson y Estrella Marín ampliaron la denuncia pública respecto a las irregularidades operativas y la falta de garantías de seguridad que condicionan el ejercicio de su labor profesional en la capital de San Luis. Las letradas manifestaron que el temor ante las maniobras de amedrentamiento se acrecienta debido a las características demográficas de la localidad, donde la cercanía entre los actores institucionales facilita el hostigamiento sistemático a través de comentarios y agresiones verbales recurrentes en la vía pública. En este contexto, criticaron la falta de respuestas efectivas por parte de los organismos jurisdiccionales tras haber solicitado formalmente una orden de restricción de acercamiento para resguardar su integridad física. De acuerdo con el desglose cronológico de las actuaciones, las profesionales formalizaron la petición de una medida cautelar de protección el pasado 23 de junio. Transcurrido el plazo correspondiente al 6 de julio, el Poder Judicial de San Luis no ha emitido ninguna orden de restricción, manteniendo a las abogadas y a las víctimas de los delitos contra la integridad sexual en una situación de vulnerabilidad extrema. Pereyra explicó que esta parálisis se debe a que la causa recayó originalmente en el Juzgado de Garantías N° 2, cuya titular es la jueza Antonella Dopazo Samper. La magistrada registra un conflicto de intereses directo debido a que su padre se desempeñó previamente como el abogado defensor de uno de los imputados en la causa, vinculado familiarmente a la denunciante Ana María López. A pesar de que la jueza Dopazo Samper se había excusado de intervenir en el expediente por motivos de parentesco en instancias previas, las nuevas denuncias por falsas declaraciones y hostigamiento volvieron a ser derivadas a su misma dependencia judicial. Las letradas denunciantes cuestionaron la disparidad de criterios del juzgado, el cual desestimó la gravedad de las amenazas al considerar que las conductas denunciadas no configuran un delito de carácter penal. Con este argumento, el Juzgado de Garantías remitió las actuaciones a un Juzgado Contravencional, organismo que procedió a rechazar la competencia al tipificar los hechos como presuntos delitos bajo la órbita del derecho penal, generando una parálisis burocrática. Finalmente, las abogadas reafirmaron que la dilación deliberada en el dictado de las restricciones de acercamiento consolida un escenario de indefensión institucionalizado de cara a las próximas etapas de litigio. Pereyra y Marín instaron a la revisión de los procedimientos aplicados en los juzgados de garantías puntanos, advirtiendo que la falta de perspectiva de género y la protección indirecta a figuras del ámbito tribunalicio y de los medios de comunicación no solo revictimizan a las denunciantes, sino que paralizan las investigaciones de delitos contra la integridad sexual que llevan años de retraso en la provincia.


