Los jueces dejaron sin efecto un fallo que había declarado «inconstitucional» la reforma del máximo cuerpo judicial provincial. Victoria para el gobernador Claudio Vidal.

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el fallo que había declarado inconstitucional la ampliación del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (TSJ) y habilitó que el máximo tribunal provincial quede integrado por nueve miembros, tal como establece la ley 3949 sancionada en 2025. De esta manera, le dio la razón al gobernador Claudio Vidal, quien mantiene una dura disputa con TSJ.
La decisión revierte una sentencia del propio tribunal santacruceño, que había frenado la reforma impulsada por la Legislatura provincial tras una presentación de la Asociación Gremial de Empleados Judiciales “3 de Julio”. El gremio cuestionaba la constitucionalidad de la norma que elevó de cinco a nueve la cantidad de vocales y pedía anular las designaciones realizadas en consecuencia.
El fallo de la Corte Suprema
En su fallo, la Corte sostuvo que el sindicato carecía de legitimación para impulsar la demanda porque no acreditó una afectación concreta sobre los derechos laborales de sus afiliados. Según los jueces, el planteo referido a la independencia judicial y a la integración del máximo tribunal provincial constituye un interés general de toda la sociedad y no un perjuicio específico para los trabajadores judiciales.
“El hecho de que quien demanda sea una asociación de trabajadores judiciales no justifica la conclusión de que ella, o sus representados, revistan el carácter de ‘parte interesada’”, señalaron los magistrados en la resolución.
El máximo Tribunal también cuestionó los argumentos del fallo provincial sobre un eventual impacto presupuestario de la ampliación de la Corte santacruceña. Consideró que las afirmaciones sobre posibles efectos negativos en salarios y condiciones laborales eran “dogmáticas” y “conjeturales”.
La causa se originó luego de que la Legislatura de Santa Cruz aprobara en agosto de 2025 la ley que amplió la integración del Tribunal Superior. Posteriormente, fueron designados cuatro nuevos vocales: Sergio E. Acevedo, José A. González Nora, Gabriel Nolasco Contreras Agüero y Juan Lucio Ramón de la Vega.
Tras la cautelar dictada por el tribunal provincial, dos de los jueces designados habían quedado impedidos de intervenir y otros dos no pudieron asumir. Con la resolución de la Corte Suprema, la ley recuperó plena vigencia y los nueve integrantes del Tribunal Superior podrán ejercer funciones una vez cumplidos los trámites formales correspondientes.
Además de dejar sin efecto la sentencia provincial, la Corte rechazó definitivamente la demanda impulsada por el gremio judicial y remarcó la “trascendencia institucional” del caso, al estar en discusión la integración de uno de los poderes del Estado provincial.
